Hacienda ha aprobado una serie de cambios en lo que respecta al sistema de cálculo de rendimientos a través de la estimación objetiva o módulos.
Este cambio de módulos también afecta al régimen simplificado de I.V.A.
A partir del 1 de enero de 2019, los requisitos establecidos por Hacienda para poder acceder al sistema de estimación objetiva son:
- El límite de 150.000 euros de facturación máxima anual. El autónomo deberá haber tenido un volumen de negocio total inferior a 150.000€. Están excluidas las actividades agricolas, ganaderas y forestales.
- Que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF.
- Que sus actividades se incluyan en la Orden del Ministerio de Hacienda que lo regula y no se rebasen los límites establecidos.
Uno de los motivos principales de esta modificación por parte de Hacienda es dotar a la Administración de un instrumento para luchar contra la evasión fiscal.
Como es conocido, el sistema de módulos no depende de los ingresos y gastos reales, sino que los rendimientos se calculan en base a los indicadores de módulos fijados por la Agencia Tributaria con los elementos del negocio: superficie local, plantilla, actividad económica, … Es un sistema que funciona mediante estimaciones.
Los profesionales que tributan bajo este sistema en el IRPF, están incluidos en el Régimen Simplificado de I.V.A.
Estos cambios conllevan la obligación de realizar, por parte de los autónomos, más trámites y gestiones en su contabilidad y facturación.
Estos cambios están ya anunciados en la página web AEAT
Cómo siempre nos tenéis a vuestra disposición para consultas y/o gestiones al respecto.